Ahorro en industrias y riegos agrícolas, excención del impuesto eléctrico

Con fecha de 28 de noviembre de 2014 se ampliaron los supuestos por los que se puede solicitarla excepción del 85% del impuesto eléctrico. Esto hace posible el ahorro en algunas industrias y riegos agrícolas

Esto en la práctica se traduce en un AHORRO SOBRE LA FACTURA ELÉCTRICA DEL 4,1%.

 

En concreto los supuestos ampliados son:

d) Actividades Industriales cuya Electricidad consumida represente más del 50% del coste de Producto.

e) Riegos agrícolas.

f) Actividades industriales en que sus compras de Electricidad representen como mínimo el 5% del valor de la Producción.

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Te tramitamos la tarjeta que permitirá esta excepción incluyendo:

– Realización de memoria explicativa para describir la actividad y las instalaciones, procesos productivos, planos de planta a escala, maquinaria y potencias instaladas., Justificando porque se puede acoger a la exención.

– Trámites para inscripción en el censo para obtener la tarjeta en el registro territorial.

– Trámites con la empresa comercializadora.

Quieres información sobre ahorro en industrias y riegos agrícolas, excención del impuesto eléctrico. Sin coste ya que damos la posibilidad de cobrar nuestros honorarios como un porcentaje del ahorro generado el 1er año.