Ahorro en industrias y riegos agrícolas, excención del impuesto eléctrico
Con fecha de 28 de noviembre de 2014 se ampliaron los supuestos por los que se puede solicitarla excepción del 85% del impuesto eléctrico. Esto hace posible el ahorro en algunas industrias y riegos agrícolas
Esto en la práctica se traduce en un AHORRO SOBRE LA FACTURA ELÉCTRICA DEL 4,1%.
En concreto los supuestos ampliados son:
d) Actividades Industriales cuya Electricidad consumida represente más del 50% del coste de Producto.
e) Riegos agrícolas.
f) Actividades industriales en que sus compras de Electricidad representen como mínimo el 5% del valor de la Producción.
Te tramitamos la tarjeta que permitirá esta excepción incluyendo:
– Realización de memoria explicativa para describir la actividad y las instalaciones, procesos productivos, planos de planta a escala, maquinaria y potencias instaladas., Justificando porque se puede acoger a la exención.
– Trámites para inscripción en el censo para obtener la tarjeta en el registro territorial.
– Trámites con la empresa comercializadora.
Quieres información sobre ahorro en industrias y riegos agrícolas, excención del impuesto eléctrico. Sin coste ya que damos la posibilidad de cobrar nuestros honorarios como un porcentaje del ahorro generado el 1er año.